Plan Básico de Protección - Amparo por Incapacidades
AMPARO POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
En caso de que sufras una pérdida de la capacidad laboral superior al 10% e inferior al 50%.
El valor que recibirás equivale a:
El valor alcanzado en el amparo de muerte
El porcentaje (%) de pérdida de capacidad laboral.
AMPARO POR INCAPACIDAD TEMPORAL
En caso de que llegues a quedar incapacitado temporalmente para el desarrollo normal de las actividades, como consecuencia de una enfermedad, una cirugía no preexistente o por accidente recibirás una renta diaria de libre destino.
El valor que recibirás equivale a:
El valor de la renta que esté definida en el momento que se presentó el evento. Esta renta se reconoce a partir del onceavo día consecutivo y hasta 180 días continuos o discontinuos de incapacidad ocasionados por un mismo evento.
Esta protección estará vigente hasta la edad de perseverancia
o hasta que se pague una Gran Invalidez.
Mayor información:
Oficinas Coomeva, línea nacional gratuita 01 8000 950 123, Cali: 333 0000,
Barraquilla: 361 9800, Pereira: 316 9300, Palmira: 273 3302 y Medellín: 415 7700, desde celular 300 910 9898
opción 4 - 1
Fecha de publicación 13/01/2011
Última modificación 13/05/2024