Accidentes Personales
Accidentes personales

Accidentes Personales
Con este producto, obtendrás una mayor protección en caso de eventos accidentales.
Tus amparos son:
- Muerte: En caso de que fallezcas accidentalmente, se reconocerá a tus beneficiarios, un valor cuyo monto se calculará con base en la protección alcanzada.
- Amparo de Canasta por Muerte del Asociado: Si falleces accidentalmente, se reconocerá a los beneficiarios que hayas designado, un valor para canasta familiar equivalente al 9% de la protección alcanzada.
- Amparo para Hijos por Muerte del Asociado: En caso de que fallezcas accidentalmente se reconocerá a cada uno de tus hijos menores de 25 años (máximo 2), un valor equivalente al 3% de la protección alcanzada.
- Gran Invalidez: En caso de que el accidente te genere una pérdida del 50% o más de tu capacidad laboral, para desarrollar su profesión u oficio habitual, durante el resto de tu vida, recibirá el 100% de la protección alcanzada.
- Renta Diaria por Incapacidad Temporal: En caso de que el accidente te genere una Incapacidad Temporal, se te reconocerá una renta a partir del quinto (5°) día y hasta ciento ochenta (180) días.
- Desmembración: En caso de que el accidente te genere una amputación o desmembración o una inhabilidad funcional total y definitiva del órgano lesionado, se te reconocerá un valor con base en la protección alcanzada y en la perdida o amputación.
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Mayor información:
Oficinas Coomeva, línea nacional gratuita: 01 8000 950 123
Cali: (602) 333 0000, Barraquilla: (605) 361 9800, Pereira: (606) 316 9300
Palmira: (602) 273 3302 y Medellín: (604) 415 7700, o llamando desde tu celular (+57) 300 910 9898,
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Publicación:
04/02/2009
Modificación: 23/05/2026