Accidentes Personales
Accidentes Personales
Con este producto, obtendrás una mayor protección en caso de eventos accidentales, tus amparos son:
Muerte: En caso de que fallezcas accidentalmente, se reconocerá a tus beneficiarios, un valor cuyo monto se calculará con base en la protección alcanzada.
Amparo de Canasta por Muerte del Asociado: Si falleces accidentalmente, se reconocerá a los beneficiarios que hayas designado, un valor para canasta familiar equivalente al 9% de la protección alcanzada.
Amparo para Hijos por Muerte del Asociado: En caso de que fallezcas accidentalmente se reconocerá a cada uno de tus hijos menores de 25 años (máximo 2), un valor equivalente al 3% de la protección alcanzada.
Gran Invalidez: En caso de que el accidente te genere una pérdida del 50% o más de tu capacidad laboral, para desarrollar su profesión u oficio habitual, durante el resto de tu vida, recibirá el 100% de la protección alcanzada.
Renta Diaria por Incapacidad Temporal: En caso de que el accidente te genere una Incapacidad Temporal, se te reconocerá una renta a partir del quinto (5°) día y hasta ciento ochenta (180) días.
Desmembración: En caso de que el accidente te genere una amputación o desmembración o una inhabilidad funcional total y definitiva del órgano lesionado, se te reconocerá un valor con base en la protección alcanzada y en la perdida o amputación.
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Mayor información:
Oficinas Coomeva, línea nacional gratuita 01 8000 950 123, Cali: 333 0000
Barraquilla: 361 9800, Pereira: 316 9300, Palmira: 285 5158 y Medellín: 415 7700, opción 4 -1
Fecha de publicación 04/02/2009
Última modificación 08/10/2024