Plan Básico de Protección

Servicio de asistencia jurídica
COBERTURA DE MEDICAMENTOS
El Plan Básico de Protección que ya tienes por ser asociado, te reembolsa lo que tú o tus familiares directos inscritos paguen por los medicamentos prescritos en caso de hospitalización o urgencia médica:
1. | Hasta $400.000 para cubrir el reembolso de los medicamentos que hayan sido prescritos en caso de hospitalización, incluyendo hospitalización en casa. Dentro de esta cobertura se amparan los medicamentos prescritos en caso de cirugía ambulatoria hasta por $100.000* |
2. |
Hasta $150.000 para cubrir el reembolso de los medicamentos ambulatorios que hayan sido prescritos en caso de tener una urgencia médica, incluye los medicamentos prescritos por CEM (Coomeva Emergencia Médica) u otro servicio de emergencia médica domiciliaria. Se cubre también el copago que se deba pagar por la atención médica.
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3. | Hacer uso de estos beneficios es muy fácil: Recuerda tener disponible la fórmula médica, la factura de los medicamentos, la factura del copago (en caso de urgencia médica) y la historia clínica. |
¿Quiénes pueden acceder a esta cobertura?
Todos los asociados personas naturales menores de 76 años que estén activos en el Fondo Mutual de Solidaridad y hayan pagado la primera contribución al mismo.
¿Cómo opera la cobertura de medicamentos por hospitalización y urgencias?
Aplica por reembolso, es decir el asociado debe presentar la factura de los medicamentos y posteriormente le será consignado el valor asumido (de acuerdo a los topes de la cobertura) y/o del copago (en caso de urgencia médica).
¿Cómo solicitar este beneficio?
Para acceder al beneficio debes ingresar a https://www.coomeva.com.co/amparos/ y sigue los pasos para realizar la solicitud desde la comodidad de tu casa.
Mayor información:
Oficinas Coomeva, línea nacional gratuita 01 8000 950 123, Cali: 333 0000,
Barraquilla: 361 9800, Pereira: 316 9300, Palmira: 273 3302 y Medellín: 415 7700, desde celular #440
opción 4 – 1
Este beneficio cubre los eventos que se presenten a partir del 1 de diciembre de 2016 para todos los asociados personas naturales, menores de 76 años que estén activos en el Fondo Mutual de Solidaridad y hayan pagado la primera contribución al mismo. Los beneficios de reembolso por medicamentos que sean formulados por CEM y el reembolso por medicamentos por hospitalización en casa, aplican a partir del 1 de julio de 2017. Los beneficios de reembolso por medicamentos prescritos en caso de cirugía ambulatoria y reembolso por medicamentos formulados por un servicio de consulta médica domiciliaria diferente a Coomeva Emergencia Médica, aplican a partir del 1 de agosto de 2017. Las coberturas de medicamentos por hospitalización y urgencia aplican por reembolso. Los siguientes beneficios aplican a partir del 1 de diciembre de 2017: el reembolso de medicamentos por hospitalización o urgencias médicas, se extiende a los familiares directos inscritos del asociado, se incrementa el valor de la cobertura por urgencias médicas pasando de $100.000 a $150.000 y se incluye el beneficio del reembolso por concepto del copago que se deba pagar por la atención en unidad de urgencias. *Este monto opera como sublímite de la cobertura de $400.000 de reembolso por hospitalización.
Fecha de publicación 09/12/2016
Última modificación 19/02/2021