Plan Básico de Protección
Amparo por gran invalidez
Si sufres una pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50%, se te entregará el valor total de la protección alcanzada en el amparo de muerte al momento del evento.
Esta protección estará vigente hasta que cumplas la edad de perseverancia (60, 62 o 65 años).
Después de pagada la Gran Invalidez tendrás derecho a continuar con los siguientes amparos:
Amparos | Pago de contribución |
Gastos funerarios del asociado, amparado por el Fondo Mutual de Auxilio Funerario | Exonerado de pago |
Gastos funerarios familiar directo | Continúa pago mensual |
Amparo Mutual Cuidado Oncológico | Exonerado de pago |
Asistencias (jurídica, pensional e integral) | Exonerado de pago |
Auxilio económico para medicamentos (cobertura hasta la edad de 75 años) | Exonerado de pago* |
Servicio Básico Mutual en Salud indemnizatorio, siempre y cuando corresponda a un diagnóstico de cáncer diferente al que genera la gran invalidez. | Continúa pago mensual |
Mayor información:
Oficinas Coomeva, línea nacional gratuita 01 8000 950 123, Cali: 333 0000,
Barraquilla: 361 9800, Pereira: 316 9300, Palmira: 273 3302 y Medellín: 415 7700, desde celular 300 910 9898
opción 4 - 1
Número de visitas a esta página 3173
Fecha de publicación 17/06/2013
Última modificación 13/05/2024
Fecha de publicación 17/06/2013
Última modificación 13/05/2024