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Lista de preguntas

¿Se pueden tener firmas autorizadas? 

No, si un cliente desea autorizar a un tercero para realizar una operación específica debe autorizarlo a través de un Poder Especial.

¿Qué es la retención en la fuente contingente? 

Es la retención que los fondos privados de pensión y los bancos deben practicar sobre los retiros que los afiliados realicen de los aportes voluntarios a pensión y de los aportes a las cuentas AFC sin cumplir el requisito de permanencia mínima.

¿Cuál es el porcentaje que se cobra por retención contingente en caso de aportes voluntarios a pensión? 

La retención contingente tiene dos tarifas según sea el caso: 15% y 7%.

Respecto a los aportes voluntarios a pensión que realicen los trabajadores la retención contingente es del 15% calculada sobre el valor de la cotización.

Si los aportes voluntarios a pensión no los realiza un asalariado sino un trabajador independiente, entonces la retención contingente es del 7% según el artículo 1.2.4.1.31 del decreto 1625 de 2016.

 

¿En qué casos no se aplica la retención contingente? 

Cuando los aportes cumplen la finalidad perseguida por la ley:
  • Para compra de vivienda o cancelación de crédito hipotecario.
  • Cumplimiento de requisito de pensión:  En el RAIS contar en su cuenta individual con el saldo suficiente para pensionarse con mínimo el 110% de un SMMLV.
  • Que el aporte permanezca 10 años en el fondo.
Es de anotar que en estos casos. No se cobra retención en la fuente sobre los rendimientos financieros obtenidos.   

34. ¿Cuánto debo pagar si quiero extenderle estos beneficios a todo mi grupo familiar y/o padres? 

Grupo familiar: Tendrá un costo mensual de $3.000. Este valor cubre a todo el grupo familiar (cónyuge e hijos menores de 24 años o sin límite de edad, en caso de que se presente discapacidad).

Padres: Tendrá un costo mensual de $14.700 por cada padre.

33. ¿Se puede extender este servicio al grupo familiar? 

Sí. Para extender el servicio a sus familiares, el asociado cuenta con estas opciones: 

Grupo Familiar: Aplica para todo el grupo familiar (cónyuge e hijos menores de 24 años o sin límite de edad, en caso de que se presente discapacidad).

Padres: Aplica solo para padres.

32. ¿Los asociados que tienen riesgo 3 y 4 y no pudieron tomar el plan básico tradicional también estarán cubiertos por cáncer? 

Todos los Asociados se encuentran cubiertos y podrán reclamar una vez se cumplan las condiciones indicadas en el reglamento.

39. ¿Cuántos Asociados participarán del piloto y qué beneficios tendrán? 

Participarán en el piloto 5.000 Asociados. A los asociados que participen, usen los servicios y nos envíen sus comentarios y opiniones les obsequiaremos 5.000 pinos del programa Lealtad Coomeva. Los servicios que podrán utilizar del 1º al 30 de septiembre serán los de telemedicina y todos los incluidos en nuestro sitio web de salud y bienestar.

38. ¿Cuál es el objetivo del piloto y en que fechas se realiza? 

Del 1º al 30 de septiembre llevaremos a cabo un piloto, en el que los asociados podrán utilizar y contarnos su experiencia sobre los servicios de telemedicina y la aplicación de salud y bienestar.

37. ¿Es necesario diligenciar declaración de salud para acceder al producto Servicio Básico Mutual en Salud? 

No requiere declaración de salud.

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