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09. ¿Fecoomeva va a tener en cuenta a los ex colaboradores de Coomeva EPS asociados al Fondo que se quedaron sin empleo y van a retirar toda la liquidación?¿se pude solicitar que solo se retenga el 50% de la liquidación? 

En esta situación, Fecoomeva se ciñe a lo definido por los reglamentos, estatutos y a lo aceptado por el asociado en el momento de tomar su crédito, y deberá cruzar los valores de las liquidaciones hasta el cubrimiento de las obligaciones, no obstante, ha establecido opciones para que el asociado seleccione y pueda tener un tiempo prudencial para retomar el pago de sus obligaciones crediticias, permitiendo acceder a periodos de gracia, cuotas futuras, rodamiento de cuotas, entre otras, sin generar costos adicionales para el asociado.

 

10. Si los ex colaboradores de Coomeva EPS asociados al Fondo no reciben el pago prontamente ¿cuándo deben cancelar la cuota del Fondo? 

Fecoomeva, pensando en el bienestar de sus asociados que ahora quedarán sin ingresos, ha establecido opciones para que el asociado seleccione y pueda tener un tiempo prudencial para retomar el pago de sus obligaciones crediticias, permitiendo acceder a periodos de gracia, cuotas futuras, rodamiento de cuotas, entre otras, sin generar costos adicionales para el asociado.

11. ¿Cómo pueden hacer acuerdos de pago los ex colaboradores de Coomeva EPS asociados al Fondo que tienen deuda y que quedan sin trabajo y sin dinero para pagar? 

Fecoomeva, pensando en el bienestar de sus asociados que ahora quedarán sin ingresos, ha establecido opciones para que el asociado seleccione y pueda tener un tiempo prudencial para retomar el pago de sus obligaciones crediticias, permitiendo acceder a periodos de gracia, cuotas futuras, rodamiento de cuotas, entre otras, sin generar costos adicionales para el asociado. 

12. ¿Se puede hacer algún acuerdo de pago de los créditos para que la liquidación no sea descontada? 

En esta situación, Fecoomeva se ciñe a los definido por los reglamentos, estatutos y a lo aceptado por el asociado en el momento de tomar su crédito, y deberá cruzar los valores de las liquidaciones hasta el cubrimiento de las obligaciones, no obstante, ha establecido opciones para que el asociado seleccione y pueda tener un tiempo prudencial para retomar el pago de sus obligaciones crediticias, permitiendo acceder periodos de gracia, cuotas futuras, rodamiento de cuotas, entre otras, sin generar costos adicionales para el asociado.

13. Si los ex colaboradores de Coomeva EPS quieren ser asociados por extensión, pero ingresan con una antigüedad parcial (es decir, se deben retirar del sistema) ¿les van a mantener las tarifas de convenios actuales? 

El ex colaborador de Coomeva EPS, asociado al Fondo podrá solicitar con su libre voluntad el reintegro de su antigüedad de acuerdo con el reintegro de sus aportes al Fondo. Cuando no reintegre aportes sociales y ahorro permanente, no tendrá antigüedad en el Fondo. Los aportes se calcularán de acuerdo con el último aporte realizado a Fecoomeva, en caso de que desee aumentar o disminuir su aporte, el asociado por extensión deberá realizar la actualización de datos soportando sus ingresos actuales. Así mismo los asociados por extensión podrán beneficiarse de todos los servicios y beneficios que ofrece Fecoomeva, salvo los expresamente limitados por el Estatuto vigente. Las tarifas de los convenios no dependen de Fecoomeva sino del mismo convenio, estas se trasladan tal cual al asociado.

14. Si desconocen la fecha de retiro por parte de la empresa ¿los ex colaboradores de Coomeva EPS asociados al Fondo pueden hacer el proceso de retiro voluntario para no quedar en mora o hacer uso de sus aportes? 

El retiro voluntario del Fondo de Empleados es un derecho fundamental de todo asociado. En caso de que el asociado se retire voluntariamente, éste pierde el carácter de asociado, por lo tanto, deberá quedar a paz y salvo con las obligaciones financieras contraídas con el Fondo y de esta manera hacer efectiva la desvinculación del mismo. 

15. Si los ex colaboradores de Coomeva EPS continúan como asociados por extensión y les hacen la devolución del porcentaje de su liquidación ¿se pueden retirar después voluntariamente? 

La opción de ser asociado por extensión se ofrece a aquellos asociados que por reglamento cumplan condiciones de antigüedad y uso, así mismos, se ofrece a quienes deseen permanecer en el Fondo de Empleados por los beneficios que obtiene y por su convencimiento de querer continuar siendo dueño del mismo, el porcentaje de devolución de liquidación a cruzar se encuentra en revisión y, en todo caso, se realizará en proporción adecuada que garantice la protección de la cartera total del Fondo. En caso de tener interés en tomar esta figura, y cumpla con las condiciones para ello, luego podrá retirarse voluntariamente, perdiendo todos los beneficios del Fondo y realizando el cruce de aportes que tenga a favor en ese momento con la deuda existente si es que la hubiere.

16. ¿Los ex colaboradores se pueden retirar voluntariamente cuando les devuelven todos los aportes? 

El retiro voluntario del Fondo de Empleados es un derecho fundamental de todo asociado. Los asociados con saldo a favor tendrán derecho a que Fecoomeva les devuelva el valor de sus aportes, ahorros y demás derechos económicos que existan a su favor, La devolución se hará acorde con los tiempos definidos en los estatutos y reglamento del Fondo de Empleados o antes, si es posible. Es decir, en un tiempo no mayor a 60 días siguientes a la fecha de solicitud de su retiro.

 

17. ¿Hasta cuándo tienen los servicios de convenios como telefonía, pólizas, CEM, MP, etc. los ex colaboradores de Coomeva EPS asociados al Fondo? 

Cuando el asociado es retirado voluntaria o involuntariamente del Fondo de Empleados, pierde los derechos a la utilización de cualquier convenio tomado a través del Fondo, por tanto, los servicios consultados serán suspendidos el mismo mes de retiro.

18. ¿Las personas que siguen laborando en Coomeva EPS pueden seguir como asociados o se tienen que retirar? 

Mientras el liquidador no lo reporte como retirado o dé por terminado el acuerdo de servicios entre las partes y el asociado no presente su intención de retiro de manera voluntaria, podrán continuar siendo asociados al Fondo de Empleados. Para los asociados que se les reporte como retirado por terminado el acuerdo de servicios entre las partes, podrá solicitar la figura de asociado por extensión siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el reglamento. 
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